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¿FUNCIONARIO/A  CUMPLE CON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR A LA ASIGNACIÓN?

El Departamento de Gestión de las Personas informa, que la Ley N°20.909, establece una asignación por Dedicación Exclusiva dirigida a Profesionales y Directivos de carrera de servicios de salud, la cual consiste en una asignación mensual imponible, tributable y reajustable.

Requisitos para percibir la asignación:

  • Tener una jornada de 44 horas semanales.
  • Tener una antigüedad no inferior a cuatro años continuos en la planta de profesionales o asimilada a ella o en la planta de directivos de carrera, al 31 de diciembre del año 2024.
  • Desempeñar efectivamente funciones profesionales o directivas profesionales.
  • Encontrarse, a la fecha de suscripción del convenio de exclusividad, calificado en Lista N° 1 De Distinción y mantenerse en esa lista durante la percepción de la asignación.
  • No haber sido objeto de medida disciplinaria de censura, multa o suspensión del empleo como resultado de una investigación sumaria o un sumario administrativo, en los dos años anteriores al pago de la asignación.
  • No haber hecho uso de permiso sin goce de remuneraciones durante, a lo menos, 30 días continuos o 60 días discontinuos, en el año inmediatamente anterior al pago de la asignación.
  • No encontrarse haciendo uso de la compatibilidad con la calidad a contrata establecida en la letra d) del art.
  • 87 del Estatuto Administrativo, con la excepción de aquellos que fueron autorizados para estos efectos, por primera vez, entre el 01 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2014: Esto es, que no tienen derecho a esta asignación aquellos funcionarios que conservan un cargo vacante en propiedad, con la sola excepción mencionada.
  • En el caso de cargos directivos de tercer nivel jerárquico, tienen derecho al beneficio en la medida que cumplan con los requisitos legales y no perciban la asignación de función crítica. En el caso de integrar la
  • Junta Calificadora Central, se le considerará la última calificación obtenida.
  • Desempeñarse con dedicación exclusiva en el Servicio de Salud.
  • Suscribir convenio en el que el funcionario se obliga a ejercer las funciones con dedicación exclusiva.
  • No percibir la asignación de funciones críticas o la de alta dirección pública.

Importante: Solo los funcionarios que cumplan con los requisitos podrán firmar el convenio de exclusividad, por lo cual, será responsabilidad del funcionario verificar el cumplimiento de cada uno de los requisitos señalados en la ley y que se detallan señalados precedentemente.

Para postular: debe dirigirse, presencialmente a la Unidad de atención de las Personas a parir de hoy lunes 4 de noviembre al viernes 15 de noviembre del 2024.

Completando los formularios de «Solicitud Asignación por desempeño con dedicación exclusiva» y el «Convenio de Dedicación Exclusiva», los cuales se encuentran en archivo adjuntos.